Consejo de Defensa de Jean Alain Rodríguez reiteró al Presidente de la República, Luis Abinader Corona, en su condición de Jefe de Estado y Gobierno de la República Dominicana, así como a la Procuradora Miriam Germán Brito, a quien este le delegó, cumplir con la Decisión No. 46/2023 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU que solicitó formalmente al Gobierno dominicano la inmediata puesta en libertad mientras continua el natural proceso en su contra, al determinar que la
actual prisión es arbitraria y sin peligro de fuga. Informaron que este miércoles 31 se conocerá la revisión de la medida en el Tercer Juzgado de Instrucción del D.N., teniendo como objetivo litigar el conocimiento de la citada Decisión de la ONU, la cual es de ejecución obligatoria por mandato del Artículo 26 de la Constitución y 1ro del Código Procesal Penal, respetando así nuestras obligaciones, acuerdos, tratados y pactos internacionales, evitando que el caso sea conocido en la Corte de Apelación y ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU,
donde podríamos enfrentar situaciones enojosas. El Presidente de la República, a través de su Consultor Jurídico y el oficio No.092 de fecha 19 de enero del 2024, remitió a la Procuradora Miriam German Brito, la solicitud formal de la ONU al Gobierno dominicano de inmediata puesta en libertad del ciudadano Jean Alain Rodríguez Sánchez «para su consideración, según su criterio», esperando que en esta ocasión, vía la PGR, el Tribunal aplique sensatez jurídica a dicha decisión y respete nuestros tratados internacionales, constitución y leyes, sin que medie la pasión personal
por parte del Ministerio Público. Se recuerda que el organismo de la ONU responsable de decidir y sancionar las detenciones arbitrarias que ocurran en sus Estados miembros, en su decisión identificable en la página web oficial de la ONU cuyo enlace directo se adjuntal, concluyó que la privación de libertad de Jean Alain Rodríguez es arbitraria y violatoria de los artículos 3, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 2, 9, 10 y 14 del Pacto de San José, por lo que luego de evaluar el caso y los argumentos de ambas partes por más de dos años, ordenó de manera definitiva e irrevocable su inmediata puesta en libertad, encontrándose vigente esta Decisión del Consejo de Derechos
Humanos de la ONU, hasta que se ejecute su libertad.